Pacto de socios de una startup tecnológica: vesting, ronda y salida
Nextica Law & Tax redacta y negocia el pacto de socios de startups tecnológicas: vesting con período de cliff para los fundadores, antidilución, tag along y drag along con sus umbrales, derechos de información del inversor, y el encaje de las notas convertibles y de los instrumentos de la ronda. También el plan de stock options o phantom shares, donde la Ley 28/2022 de empresas emergentes cambia la fiscalidad del empleado y, con ella, el diseño del plan.
El pacto no se firma para el día bueno: se firma para el día en que un fundador se va, o en que llega una oferta y uno de vosotros no quiere vender.
Qué incluye
1. Mapa de la mesa antes de redactar
quién aporta capital, quién aporta trabajo, quién aporta código ya escrito y qué espera cada uno a tres años vista.
2. Vesting de los fundadores con período de cliff, y el calendario de consolidación medido en hitos de producto y no solo en meses.
3. Cláusulas de salida
qué pasa si un fundador se va por su voluntad y qué si se le pide que se vaya, con la valoración de sus participaciones fijada de antemano.
4. Protección frente a la dilución de la próxima ronda y derechos de acompañamiento y de arrastre, con las mayorías que los activan.
5. Derechos de información y materias reservadas
qué decisiones no puede tomar el administrador solo cuando entra un inversor.
6. No competencia y no captación entre socios, con radio, plazo y contraprestación proporcionados para que la cláusula aguante.
7. Encaje del pacto con los estatutos y con lo inscrito, porque lo que el pacto promete y los estatutos no permiten se descubre el día de la ronda.
EL PACTO SE FIRMA PARA EL DÍA MALO
Nadie discute un pacto de socios mientras todo va bien. Estos tres son los que aparecen justo cuando ya no se pueden negociar:
Fundador que se va con su porcentaje entero
sin vesting, quien se marcha a los ocho meses conserva la participación completa y bloquea la siguiente ronda, porque ningún inversor entra en una mesa con un socio ausente y con voto.
Pacto que promete lo que los estatutos no permiten
la sociedad limitada tiene límites estrictos para la autocartera y la transmisión de participaciones no es libre. Un pacto y unos estatutos que no se hablan se descubren en la escritura de la ronda.
Ley de Sociedades de CapitalNo competencia desmedida
una cláusula sin límite razonable de tiempo, territorio y actividad, o sin contraprestación proporcionada, se anula entera y deja a la sociedad sin protección ninguna en vez de con una protección menor.
DIFERENCIA ENTRE ESTATUTOS Y PACTO PARASOCIAL
| Estatutos sociales | Pacto parasocial | |
|---|---|---|
| ¿Es público? | Sí — inscrito en el Registro Mercantil. Oponible a todos. | No — confidencial. Solo vincula a los firmantes. |
| ¿Es obligatorio? | Sí — sin estatutos no hay sociedad. | No — pero imprescindible con 2+ socios o inversores. |
| Modificación | Acuerdo de la junta + escritura notarial + inscripción registral. | Acuerdo privado entre los socios firmantes. Sin coste registral. |
| Qué regula | Estructura básica: capital, órganos, quórum legal, objeto social. | Relaciones entre socios: salida, entrada, inversión, gobierno, conflictos. |
| Prevalencia | Frente a terceros y a la propia sociedad. | Entre los socios firmantes. No oponible a la sociedad ni a terceros. |
¿Es público?
¿Es obligatorio?
Modificación
Qué regula
Prevalencia
Preguntas frecuentes
¿Hace falta pacto de socios si ya tenemos estatutos?
Sí, porque no sirven para lo mismo. Los estatutos son públicos y regulan la sociedad frente a todos; el pacto es privado y regula la relación entre los socios que lo firman, incluidas cosas que en estatutos no caben o no conviene publicar: vesting, dedicación, reparto de funciones, umbrales de venta. Lo importante es que ambos textos digan lo mismo cuando se solapan, porque una contradicción entre ellos es justo el material del que se hacen los conflictos.
¿Cuándo se firma: al constituir o cuando entra el inversor?
Al constituir. El pacto que se firma con la ronda encima de la mesa lo redacta, en la práctica, el inversor, y las condiciones entre fundadores se negocian con prisa y con poco margen. Un pacto fundacional bien hecho no impide adaptarlo después —de hecho se revisa en cada ronda—, pero llega a esa negociación con el reparto interno ya resuelto.
Casos en los que hemos trabajado
- tecnologia
Pacto de socios que desbloqueó la entrada de un inversor
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