Fiscalidad de Comercio Electrónico: Cumplimiento y Optimización Fiscal para tu Negocio Digital
El comercio electrónico tiene desafíos fiscales específicos. Aseguramos que tu negocio digital cumpla la normativa local e internacional y optimice su carga impositiva: desde el IVA internacional y el OSS (One Stop Shop) hasta el Modelo 369 y la planificación fiscal internacional.
El comercio electrónico tiene una complejidad fiscal que muchos vendedores descubren tarde, cuando la AEAT ya ha iniciado una regularización o cuando Amazon les ha bloqueado la cuenta por problemas fiscales en otros países. En Nextica Law & Tax garantizamos que tu negocio cumpla con todas las regulaciones fiscales, locales e internacionales, en cada país donde operes.
OSS VS. IOSS — TABLA COMPARATIVA
| OSS (One Stop Shop) | IOSS (Import One Stop Shop) | |
|---|---|---|
| ¿Para qué ventas? | Ventas B2C desde dentro de la UE a consumidores de la UE | Importaciones de bienes de fuera de la UE con valor ≤ 150 € vendidos a consumidores de la UE |
| Umbral de activación | 10.000 €/año de ventas B2C intracomunitarias | Sin umbral mínimo — desde el primer euro si valor ≤ 150 € |
| Declaración | Mod. 369 (trimestral) | Mod. 369 (mensual) |
| ¿Cubre Amazon FBA Europa? | Sí — para ventas desde almacenes europeos de Amazon a consumidores B2C de la UE | No — solo para importaciones directas de fuera de la UE al consumidor final |
| Normativa de referencia | Directiva UE 2017/2455 · art. 163 ter y ss. LIVA | Directiva UE 2017/2455 · art. 163 duovicies y ss. LIVA |
¿Para qué ventas?
Umbral de activación
Declaración
¿Cubre Amazon FBA Europa?
Normativa de referencia
Lo que conviene saber
Aplicación correcta del IVA en cada país donde operes
Simplificación de la declaración con el OSS
Asesoramiento continuo ante normativas cambiantes
Qué incluye
Cumplimiento del IVA Internacional y OSS (One Stop Shop)
Nos aseguramos de que apliques correctamente el IVA internacional en cada país donde operes y gestionamos el uso del OSS (One Stop Shop), facilitando el cumplimiento de tus obligaciones fiscales en la Unión Europea, simplificando la declaración del IVA y evitando duplicidades.
Modelo 369 para E-Commerce
Nos encargamos de la presentación del Modelo 369, que te permite declarar y pagar el IVA de las ventas electrónicas a consumidores en otros países de la UE. Te ayudamos a gestionar este proceso de manera efectiva para que tu negocio cumpla con las normativas y evite sanciones.
Impuestos Digitales
Te asesoramos sobre los impuestos digitales y cómo afectan a tu negocio online, garantizando que tu empresa cumpla con todas las obligaciones fiscales en las distintas jurisdicciones en las que operes.
Planificación Fiscal Internacional
Desarrollamos estrategias fiscales internacionales para reducir la carga impositiva de tu negocio de comercio electrónico, ajustando tus operaciones a las normativas de cada país y protegiendo tus beneficios.
Gestión de Obligaciones Fiscales en E-Commerce
Nos ocupamos de gestionar y presentar todas tus obligaciones fiscales relacionadas con el comercio electrónico, asegurándonos de que cumplas con todas las normativas fiscales locales e internacionales sin riesgo de sanciones.
Asesoramiento Continuo en Fiscalidad Digital
Te ofrecemos un asesoramiento fiscal continuo, adaptándonos a las nuevas normativas fiscales que afectan al comercio digital, y protegiendo tus beneficios frente a posibles complicaciones legales.
EL IVA EN E-COMMERCE: TRES SITUACIONES QUE DEBES DISTINGUIR
1. Ventas a compradores en España (B2C y B2B): tipo de IVA español (21% general, 10% reducido, 4% superreducido). Para ventas B2B, el comprador debe tener NIF-IVA español. Declaración trimestral mediante el Mod. 303. 2. Ventas B2C a consumidores de otros países de la UE: hasta 10.000 €/año, tipo de IVA español. A partir de 10.000 €, tipo de IVA del país del consumidor. Desde ese momento, registro obligatorio en el OSS y presentación trimestral del Mod. 369. 3. Ventas B2B a empresas de otros países de la UE (operaciones intracomunitarias): exentas de IVA si el comprador tiene NIF-IVA intracomunitario válido. Declaración informativa trimestral mediante el Mod. 349 (recapitulativa de operaciones intracomunitarias).
Preguntas frecuentes
¿Qué es el OSS y por qué es imprescindible para el e-commerce internacional?
El OSS (One Stop Shop) es el régimen de ventanilla única de la UE que permite a los vendedores online declarar y pagar el IVA de todas sus ventas B2C a consumidores de la UE desde un único punto de contacto (en España, la Sede Electrónica de la AEAT), sin necesidad de registrarse a efectos de IVA en cada país donde vendan. Fue establecido por la Directiva UE 2017/2455 (conocida como "Directiva IVA e-commerce") y entró en vigor el 1 de julio de 2021.
¿Cuándo es obligatorio registrarse?
Cuando las ventas B2C a consumidores de otros países de la UE superan los 10.000 euros anuales (en el año anterior o en el año en curso). El umbral es global: suma todas las ventas a todos los países de la UE. Por debajo del umbral, se puede optar por aplicar el tipo de IVA español a todas las ventas (opción simplificadora), pero se pierde la posibilidad de acogerse al tipo del país destino si este fuera inferior.
¿Cómo funciona el Modelo 369?
El Mod. 369 es la declaración trimestral del OSS. Se presenta ante la AEAT en los 20 primeros días del mes siguiente al trimestre (abril, julio, octubre, enero). Incluye el desglose de ventas B2C por país de destino, el tipo de IVA aplicado en cada país y el importe a ingresar. La AEAT distribuye el IVA recaudado a cada país de la UE. Una vez registrado en el OSS, el Mod. 369 debe presentarse aunque el importe sea cero.
¿Qué pasa si supero los 10.000 € sin estar registrado en el OSS?
Si superas el umbral sin registrarte en el OSS, estarás aplicando un tipo de IVA incorrecto (el español en lugar del del país del consumidor) y estarás incumpliendo con las obligaciones fiscales de cada país donde vendes. Las autoridades fiscales de esos países pueden reclamar el IVA que debería haberse pagado, más recargos e intereses desde el momento en que se superó el umbral. En casos graves, puede derivar en sanciones administrativas. La regularización puede ser muy costosa si lleva varios años sin corregirse.
¿El OSS cubre también Amazon FBA con stock en varios países?
El OSS cubre las ventas a consumidores finales (B2C) de bienes almacenados en cualquier país de la UE. Sin embargo, si tienes stock físico en un país de la UE distinto al de tu establecimiento (por ejemplo, stock en Alemania a través de Amazon FBA Pan-European), puedes tener la obligación de registrarte a efectos de IVA en ese país con independencia del OSS. Esta situación requiere un análisis caso a caso.
¿Qué tipos de IVA aplican en los principales países de la UE?
Los tipos generales varían: Alemania 19%, Francia 20%, Italia 22%, Países Bajos 21%, Bélgica 21%, Polonia 23%, Portugal 23%, Suecia 25%, Irlanda 23%, Luxemburgo 17% (el más bajo de la UE). Para cada venta B2C, debe aplicarse el tipo del país del consumidor, lo que requiere un sistema de gestión fiscal que identifique correctamente el país de destino de cada pedido.
¿Necesito presentar el Mod. 369 aunque no tenga ventas en la UE?
Si estás registrado en el OSS, sí: el Mod. 369 debe presentarse en cada trimestre aunque el importe sea cero (declaración negativa o sin actividad). No presentarlo genera una infracción tributaria. Si no prevés tener ventas intracomunitarias durante un período prolongado, es recomendable darse de baja del OSS (que puede hacerse en cualquier momento) y volver a registrarse cuando sea necesario.
Hablemos de tu caso.
Cuéntanos tu situación y te respondemos en menos de 24 h laborables.