El convenio más litigado: pluses, festivos y propinas en la nómina de hostelería
Nextica Law & Tax defiende a bares, restaurantes y hoteles en la reclamación que más se repite en el sector: demandas de cantidad por pluses de nocturnidad, festivos y jornada partida, horas extraordinarias no compensadas, diferencias de categoría entre lo que se cobra y lo que se hace, y el tratamiento de las propinas y de la manutención en especie. Con la estrategia que este sector exige: decidir el primer caso sabiendo a cuánta plantilla se aplicaría el mismo criterio, y llevar a conflicto colectivo lo que afecta a todos en lugar de sufrirlo demanda a demanda.
En una plantilla que rota cada temporada, la primera reclamación de un plus llega acompañada del teléfono de los demás.
Qué incluye
1. Identificación del concepto que se reclama y del recuento
a cuánta plantilla de la temporada se le aplicaría el mismo criterio.
2. Reconstrucción de la prueba del turno concreto
cuadrantes, registro de jornada, comandas, cierres de caja y comunicaciones por mensajería.
3. Revisión del tratamiento dado a las propinas y a la manutención en especie, que es donde más se confunde salario con lo que no lo es.
4. Cálculo de la diferencia real por pluses de nocturnidad, festivos y jornada partida antes de decidir estrategia.
5. Decisión con el recuento delante
defender, conciliar o llevar el criterio a conflicto colectivo para resolverlo una vez.
7. Corrección de la nómina y del procedimiento que originó la reclamación, para que la siguiente temporada no repita el mismo pleito.
LA PRIMERA RECLAMACIÓN LLEGA CON EL TELÉFONO DE LOS DEMÁS
En una plantilla que rota cada temporada, el criterio que se acepta en un caso se aplica de hecho a todos los que estuvieron en la misma situación.
Usar las propinas para completar el salario de convenio
como regla general no son salario porque no las paga el empresario, pero si la empresa las centraliza, las reparte con criterio propio o las ofrece como parte de la retribución, pueden acabar tratándose como percepción salarial con todas sus consecuencias.
art. 26.1 Estatuto de los TrabajadoresDefender una reclamación de horas extra sin registro fiable
cuando el registro no existe o no refleja lo trabajado, los tribunales tienden a dar credibilidad a la prueba del trabajador —cuadrantes de mensajería, comandas, cierres de caja— y la empresa no puede desvirtuarla.
art. 34.9 Estatuto de los TrabajadoresConciliar sin contar
una conciliación que reconoce implícitamente un plus o una forma de computar la jornada partida se convierte en el precedente interno que se invoca la temporada siguiente, y entonces ya no es un caso.
Preguntas frecuentes
¿Las propinas cuentan como salario?
Como regla general no, porque no las paga el empresario: son una liberalidad del cliente hacia la persona que le atiende, y por eso no forman parte del salario ni cotizan como tal. El problema aparece cuando la empresa interviene: si las centraliza, las reparte según un criterio propio, las incluye en la oferta de empleo como parte de la retribución o las usa para completar el salario de convenio, la cosa cambia y puede acabar tratándose como percepción salarial con todas sus consecuencias. Lo prudente es fijar por escrito cómo se recogen y se reparten, y no usarlas nunca para llegar al mínimo del convenio.
¿Cómo se calcula lo que se debe por horas extra si no hay registro fiable?
En contra de la empresa, y esa es la clave de estos pleitos. Cuando el registro de jornada no existe, es genérico o no refleja las horas realmente hechas, los tribunales tienden a dar credibilidad a la prueba que aporte la persona trabajadora —cuadrantes de WhatsApp, comandas, cierres de caja, publicaciones del propio local— y la empresa se queda sin poder desvirtuarla. Por eso la defensa de una demanda de cantidad en hostelería casi nunca se juega en el derecho: se juega en si existe un registro creíble de los últimos años.
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