NEXTICA
Sector Público

Justificar la baja y defender el reequilibrio: la parte que se gana con números

Nextica Law & Tax pone los números detrás del argumento jurídico: justificación técnico-económica de la oferta incursa en presunción de anormalidad conforme al art. 149 de la Ley 9/2017, con escandallo de costes directos e indirectos, medios adscritos, productividad prevista y respeto acreditado de los costes salariales del convenio; y, ya en ejecución, el expediente de reequilibrio económico y la revisión de precios en el marco de la Ley 2/2015 de desindexación de la economía española y de lo que el propio pliego admita.

Una baja no se defiende con adjetivos. Se defiende con un escandallo que aguante que se lo lean con lupa.

Qué incluye

1. Escandallo de la oferta antes de presentarla

coste directo de los medios, indirectos imputables, productividad prevista y el coste salarial del convenio aplicable, línea a línea.

2. Preparación anticipada de la justificación de la baja, para poder responder en el plazo corto que concede el órgano de contratación sin improvisar.

3. Redacción de la justificación técnico-económica cuando la oferta se considera anormal

ahorro del procedimiento, soluciones técnicas, condiciones favorables acreditadas y cumplimiento de las obligaciones laborales.

4. Seguimiento del contrato contra la oferta durante la ejecución, para detectar la desviación cuando todavía se puede documentar.

5. Expediente de reequilibrio económico o de revisión de precios cuando procede, con prueba del sobrecoste y una cuantificación que resista contradicción.

6. Control de las certificaciones y del calendario de cobro, que es lo que decide la tesorería de un contrato público.

7. Liquidación final del contrato con el cierre de penalidades, modificados y saldos pendientes.

LA BAJA SE DEFIENDE CON NÚMEROS O NO SE DEFIENDE

El trámite de justificación tiene un plazo corto que fija el propio órgano de contratación, y lo que se juzga no es si la oferta es baja, sino si es viable:

Justificación genérica

apelar a la experiencia o a la eficiencia sin escandallo se rechaza. Lo primero que se mira es si el precio da para pagar el convenio aplicable a los medios comprometidos; si no da, ninguna otra explicación la salva.

art. 149 Ley 9/2017

Contrato ganado ajustado y coste real disparado

dejar de cumplir para forzar la negociación es la peor salida. Los cauces son la revisión de precios cuando el pliego la admite y el reequilibrio en los supuestos tasados, y los dos exigen expediente y prueba.

Ley 2/2015 y Ley 9/2017

La Administración tiene treinta días para pagar desde la aprobación de los documentos que acreditan la conformidad, y pasado el plazo los intereses de demora se devengan automáticamente, sin requerimiento. La mayoría de las empresas no los reclama porque no sabe que ya los tiene.

art. 198.4 Ley 9/2017 y Ley 3/2004

Preguntas frecuentes

¿Qué tiene que contener la justificación de una oferta anormalmente baja?

Todo lo que explique el precio sin apelar a la buena voluntad: el ahorro que permite el procedimiento de fabricación o de prestación del servicio, las soluciones técnicas adoptadas, las condiciones excepcionalmente favorables de que se disponga, la originalidad de la propuesta y, muy especialmente, el cumplimiento de las obligaciones en materia laboral, social y medioambiental. El punto que primero se mira es el coste salarial: si la oferta no da para pagar el convenio aplicable a los medios que se han comprometido, ninguna otra explicación la salva.

¿Se pueden subir los precios de un contrato ya firmado?

Solo por los cauces que la ley y el propio contrato prevén, y conviene decirlo con claridad porque la alternativa —dejar de cumplir para forzar la negociación— es la peor de todas. Los cauces son la revisión de precios cuando el pliego la admite, dentro del marco de la Ley 2/2015 de desindexación de la economía española, y el restablecimiento del equilibrio económico en los supuestos tasados que reconoce la Ley 9/2017. Los dos exigen expediente, prueba del sobrecoste y una cuantificación que resista contradicción.

Elena Bosch Prat

Contenido supervisado por

Elena Bosch Prat

Directora · Consultoría Contable y Financiera

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